jueves, 30 de julio de 2015

ASPECTOS IMPORTANTES PARA LA REALIZACIÓN DE UNA OPERACIÓN DE EXPORTACIÓN

Se deben tomar en cuenta los siguientes aspectos antes de llevar a cabo una operación de exportación:
  • Costos: Deben ser bajos, a efectos de competir Internacionalmente.
  • Cantidad: Las cantidades demandadas deben ser satisfechas en su totalidad.
  • Continuidad: Existencias suficientes para proveer al comprador.
  • Conducta: El empresario debe ser: Responsable, honesto y prestar un buen servicio. Entre otros aspectos se debe tomar en cuenta:
  • Cálculo correcto de costos y precios.
  • Ubicar el producto en el arancel aplicable vigente.
  • Tratamiento aduanero a la mercancía en el país de exportación (Aranceles, restricciones, entre otros).
  • Presentar servicios de post-venta, cuando esta modalidad sea aplicable.
  • Adoptar medidas para seleccionar y conquistar mercados, ejemplo: No abarcar más de 2 o 3 mercados.
  • Abstenerse de ir hacia mercados con problemas o complicaciones oficiales.
  • Introducirse al inicio en países con los que haya acuerdos de integración.
  • Colocar un producto en un nuevo mercado siempre es un reto, y más aún cuando es en un mercado desconocido, sobre todo si no se tiene información y conocimiento suficiente al respecto. No existe ninguna dificultad para llevar a cabo un proyecto de exportación, sin embargo se debe considerar la planeación y la preparación adecuada para lograr este tipo de proyecto.
La forma más común de participar en actividades comerciales en el extranjero es la exportación directa, sin embargo, existen múltiples opciones como la exportación indirecta, en la que la lleva a cabo un tercero que no es necesariamente el productor. La concesión de licencias destacando las franquicias y los contratos de manufactura; y por último la inversión extranjera directa que puede tomar muchas formas, como subsidios extranjeros, empresas de riesgo compartidos, entre otras.

EXPORTACIÓN

Es un proceso que involucra compromiso y dedicación, así como conocimiento técnico e identificación de factores clave de los mercados internacionales por parte de productores e intermediarios, que desean incrementar su participación y por supuesto sus utilidades en nuevos mercados. En la actualidad existen numerosos organismos y empresas de consultoría tanto públicas como privadas en nuestro país, mismas que ofrecen asesoría y apoyo en el desarrollo de un proceso de exportación.

Debido al efecto de la globalización las oportunidades comerciales son más frecuentes día a día. Esto permite realizar actividades de exportación bajo programas de fomento y al amparo de tratados comerciales que nos proporcionan beneficios económicos al ahorrarnos el pago de impuestos al comercio exterior.

MODALIDADES DE EXPORTACIÓN
  1. EXPORTACIÓN DIRECTA: Cuando el exportador se hace cargo de contactar directamente al importador, ofreciendo ventajas como: conocimiento más directo del mercado, influencia directa en la selección de los importadores, control del flujo de ventas, diseño directo en la estrategia de comercialización (producto, precio, distribución, promoción de canales de comercialización).
  2. EXPORTACIÓN INDIRECTA: Modalidad utilizada por empresas de pequeña escala que no tienes los recursos ni la infraestructura que les permita buscar compradores extranjeros y hacer los trámites necesarios para enviar directamente sus productos al exterior.
VENTAJAS DE LA EXPORTACIÓN INDIRECTA:

El producto es dado a conocer en los mercados internacionales sin mayor compromiso por parte del personal y de los recursos de su compañía.
  • PASOS PARA LA OPERACIÓN DE EXPORTACIÓN
Los pasos necesarios para que se lleve a cabo una operación aduanera son los siguientes:
  •  Pactar la negociación con el comprador.
  • Realizar los trámites en CENCOEX (antiguo CADIVI), correspondientes a la inscripción en el Registro de Usuarios del Sistema de Administración de Divisas (RUSAD).
  • Elegir un operador cambiario (habilitados), que le permitirá realizar las operaciones entre CENCOEX y el BCV para las ventas de divisas.
  • Inscribirse en el registro de exportaciones. (Recomendado)
  • Solicitar clasificación arancelaria. (Opcional)
  • Solicitar licencias, permisos, certificados en casos que los requieran.
  • Requerir los servicios de un agente de aduana. (Cuando se requiera).
DOCUMENTOS BÁSICOS PARA EXPORTAR
  1. NUMERO DE RUSAD: Todas las personas naturales o jurídicas que realicen actividades de comercio exterior deberán inscribirse una sola vez en el Registro de Usuarios del Sistema de Administración de Divisas (RUSAD), a fin de dar cumplimiento a las normas establecidas en la Providencia Nº 111, de la Comisión de Administración de Divisas. A tal efecto, debe presentar ante el operador cambiario autorizado, la planilla obtenida a través de la página web de Cadivi junto con los requisitos establecidos.
  2. DECLARACIÓN DE ADUANAS: Este documento forma parte de los trámites aduaneros, debe ser realizado y presentado por personal especializado, él Agente de Aduanas debidamente inscrito ante el Ministerio del Poder Popular de Planificación y Finanzas (SENIAT).
  3. DOCUMENTO DE TRANSPORTE: Constituye el documento de contrato entre el expedidor (exportador) y el transportista para el traslado de determinadas mercancías de un lugar a otro. Es el contrato de fletamento entre el transportista y el exportador, el cual tiene carácter de título de propiedad sobre la mercancía.
  4. FACTURA COMERCIAL: Este documento es preparado por el exportador para amparar la mercancía. Debe ser detallada y estar claramente redactada, a fin de que la información que contenga sea comprensible hasta con un conocimiento limitado del idioma utilizado. La factura comercial definitiva es el documento que describe las mercancías por lo tanto, debe contener información referente a la aduana de salida del país de origen y puerto de entrada del país de destino, nombre y dirección del vendedor, nombre y dirección del consignatario, descripción detallada de la mercancía, cantidades peso y modalidades del embarque, precio de la mercancía, especificando el tipo de moneda y señalando su equivalente en moneda nacional (sin incluir IVA), tipo de divisas, condiciones de venta, lugar y fecha de expedición. Además se registran los detalles específicos de las mercancías en cuanto a cantidades, pesos, volumen, precios unitarios entre otros, de la transacción entre el exportador y el importador incluyendo el INCOTERMS, además de acreditar la propiedad de la mercancía.
  5. CALIFICACIÓN DE ORIGEN: Documento emitido por el Ministerio del Poder Popular para el Comercio (Mincomercio), previo análisis del perfil del producto, en el cual se indica las normas de origen, así como los mercados para los cuales puede obtener el certificado de origen.
  6. CERTIFICADO DE ORIGEN: El certificado de origen es un documento emitido por Bancoex, con firma autorizada del Ministerio del Poder Popular para el Comercio (Mincomercio), el cual acredita el origen y procedencia de la mercancía, basado en las normas de origen (Requisitos mínimos de producción, fabricación, elaboración o transformación que debe tener un producto para ser considerado originario de Venezuela.
  7. CLASIFICACIÓN ARANCELARIA: Consiste en la identificación de la posición arancelaria de la mercancía de acuerdo a lo establecido en el Sistema Armonizado. Tal identificación es competencia del Seniat, ente que a través de su Gerencia de Arancel realiza los análisis pertinentes y emite un oficio de clasificación arancelaria, cuya función es generar seguridad jurídica al interesado sobre los criterios de clasificación del producto, garantizando que el código arancelario donde se clasifico la mercancía, es el que efectivamente le corresponde.
  8. LICENCIA ESPECIAL DE EXPORTACIÓN: Documento expedido por el Ministerio del Poder Popular para el Comercio según Gaceta Oficial N° 40.529 en el cual se autoriza y condiciona la exportación de determinados items arancelarios publicados en la Gaceta Oficial Extraordinaria N° 6.143 de fecha 5 de septiembre de 2014, mediante la Resolución N°086 del Ministerio del Poder Popular para Economía, Finanzas y Banca Pública.
  9. ORDEN DE COMPRA: Es el que maneja el departamento de compra y puede variar en sus formas y extensión de acuerdo a las necesidades de cada empresa. Documento formal que entrega el responsable de compra al proveedor elegido, que al afectarlo firmado de conformidad tácitamente se convierte en contrato venta generando consecuentemente derechos y obligaciones para ambas partes.
  10. CONDICIÓN DE COMPRA: Es la cláusula en la Orden de Compra y de la que depende la ejecución de un contrato. En este sentido cabe señalar que en el momento en que el comprador y el proveedor firma una orden de compra, esta se convierte automáticamente en un contrato compra-venta formal de las partes que en el intervienen.
  DOCUMENTOS SEGÚN EL TIPO DE PRODUCTO A EXPORTAR
  1. REGISTRO SANITARIO: Este documento es de carácter obligatorio y es expedido por el Ministerio del Poder Popular para la Salud, división de Higiene de Alimentos, Drogas y Cosméticos, siempre y cuando los productos hayan sido objeto de algún grado de elaboración y estén destinados al consumo humano, como lo son los alimentos procesados, las bebidas, medicamentos y cosméticos.
  2. CERTIFICADO FITOSANITARIO: Documento requerido para las exportaciones de productos de origen vegetal, el cual es exigido tanto en las aduanas venezolanas como en las aduanas del país importador.
  3. CERTIFICADO ZOO-SANITARIO: Documento emitido por el Ministerio del Poder Popular para la Agricultura y Tierras / Instituto Nacional de Salud Agrícola Integral / División de Sanidad Animal exigido para la exportación de animales vivos y de productos y subproductos de origen animal.
  4. CERTIFICADO ICTIOSANITARIO: Instituto Socialista de la Pesca y Acuicultura (Insopesca) exigido para la exportación de productos pesqueros y acuícolas.
  5. CERTIFICADO CITES (CONVENCIÓN SOBRE EL COMERCIO INTERNACIONAL DE ESPECIES AMENAZADAS DE FAUNA Y FLORA SILVESTRE): Documento exigido para el comercio internacional de especímenes de animales y plantas silvestres en peligro de extinción.
  6. AUTORIZACIÓN DE EXPORTACIÓN DE ORO Y SUS ALEACIONES: Documento emitido por Banco Central de Venezuela, previa inscripción en el registro de proveedores y exportadores de oro y sus aleaciones. (Gaceta Oficial Nº 39.485 de fecha 11 de Agosto de 2010)
  7. LICENCIA AUTOMOTRIZ: Es un requisito indispensable para la exportación de vehículos, lo que permite llevar un registro del sector automotriz y sus autopartes, esta licencia es emitida por el Ministerio del Poder Popular para el Comercio (Mincomercio)
  8. REGISTRO NACIONAL DE EXPORTADORES: Sistema de información que permite, mediante procedimiento expedito y veraz, controlar y otorgar celeridad a los regímenes de incentivos fiscales y a los mecanismos de reintegro previsto en las leyes de carácter tributario y originado por operaciones aduaneras de exportación. (Gaceta Oficial N° 40.577 de fecha viernes 09 de enero de 2015). Deben inscribirse tanto personas naturales como jurídicas que realicen operaciones aduaneras de exportación y de conformidad con las leyes y normas de carácter tributario recuperen el Impuesto al Valor Agregado (IVA) o los impuestos de importación. 
DOCUMENTOS OPCIONALES O COMPLEMENTARIOS
  1. CERTIFICADO DE CALIDAD: Es un documento es emitido por el Fondo para la Normalización y Certificación de la Calidad (Fondonorma), mediante el cual se hace constar que determinada mercancía cumple con una especificación o norma técnica suministrada por la parte interesada. Este certificado tiene dos modalidades, el certificado de Marca FONDONORMA o Sello de Conformidad el cual evalúa la gestión de calidad y normas del producto; y Certificado de Conformidad FONDONORMA el cual evalúa solo el producto y se otorga por muestras o lotes específicos. A pesar que FONDONORMA sea el encargado de imponer las normas, SENCAMER (Servicio Autónomo Nacional de Normalización, Calidad, Metrología y Reglamentos Técnicos), es el organismo encargado de emitir dichos certificados.
  2. PÓLIZA DE SEGUROS: Es uno de los documentos mas utilizados en las operaciones de exportación. Existen los siguientes tipos de seguros:
  • Seguro de crédito a la exportación: Es un servicio destinado a proteger tanto al exportador como al ente financiero, contra la falta de pago de los créditos que conceden a sus compradores en Venezuela y en el extranjero, mediante una indemnización en caso de perdida por este concepto. Pueden ser Póliza de Riesgo Comercial (post-embarque), Póliza de Riesgos Políticos y Extraordinarios y Emisión de Fianzas.
  • Seguros ordinarios: Son los seguros otorgados por las empresas privadas dedicadas a esta actividad, los más comunes en materia de exportaciones son el seguro de carga, valores y fletes.

REGÍMENES ESPECIALES E INCENTIVOS A LA EXPORTACIÓN.

  1. ADMISION TEMPORAL: Régimen mediante el cual se introducen mercancías al territorio aduanero nacional, con suspensión del pago de los impuestos de importación y otros recargos o impuestos adicionales que fueren aplicables, con una finalidad determinada, a condición de que sean reexpedidas luego de su utilización, sin haber experimentado modificación alguna.
  2. ADMISIÓN TEMPORAL PARA EL PERFECCIONAMIENTO ACTIVO: Régimen aduanero que permite el ingreso de mercancías extranjeras al territorio aduanero (materias primas, partes y piezas) con suspensión del pago de los derechos arancelarios y demás impuestos que graven su importación, para ser exportadas dentro de un plazo determinado, luego de haber sufrido una transformación o elaboración, debiendo dichas mercancías estar materialmente incorporadas en el producto exportado.
  3. EXPORTACIÓN TEMPORAL: Se entiende por este régimen, la salida de mercancías del país por un tiempo limitado y con una finalidad específica, en este régimen no se pagan los impuestos al comercio exterior, pero se deben cumplir las obligaciones en materia de regulaciones y restricciones no arancelarias y formalidades para el despacho de las mercancías destinadas a este régimen.
  4. EXPORTACIÓN TEMPORAL PARA PERFECCIONAMIENTO PASIVO: Salida temporal de mercancías para ser sometidas en el extranjero a una transformación o elaboración o montaje, debiendo el beneficiario presentar en el Área encargada del Régimen de Exportación Temporal de la Intendencia de Aduana con carácter de declaración jurada un cuadro de coeficientes Insumo/Producto, a efectos de establecer el valor agregado de la mercancía en el momento de su reimportación.
  5. ZONAS FRANCAS: Es un territorio delimitado de un país donde se goza de algunos beneficios tributarios, como el no pago de derechos de importación de mercancías, el no cobro de algunos impuestos o regulación de impuestos.
  6. RÉGIMEN DEL REINTEGRO DE LOS IMPUESTOS DE IMPORTACIÓN (DRAW BACK): Régimen de carácter devolutivo que consiste en el reintegro total o parcial de los impuestos de importación de mercancías (materias primas, piezas, partes y componentes, empaques, envases, embalajes y otros) que fue utilizada e incorporada a otra exportada.
  7. RÉGIMEN DE DEPÓSITOS ADUANEROS (IN BOND): Régimen especial mediante el cual las mercancías extranjeras, nacionales o nacionalizadas son depositadas en un lugar destinado a este efecto, bajo control y potestad aduanera, sin estar sujetas al pago de impuestos de importación y tasa por servicios de aduana, para su venta en los mercados nacionales e internacionales, previo cumplimiento de los requisitos legales.
Fuente: http://www.avex.com.ve/index.php/como-exportar 

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