lunes, 6 de julio de 2015

Aspectos Administrativos del Comercio Internacional

En esta parte, se analizan aspectos no tanto de carácter técnico, sino más bien administrativo. Este capítulo puede dividirse en dos partes. La primera, la formación del precio de exportación, que es uno de los elementos pilares a la hora de realizar una operación de comercio internacional. La segunda, las formas de pago internacional.

En cuanto a la formación del precio de exportación, El precio de las mercancías es quizá el elemento más importante de las transacciones comerciales, pues tanto el exportador/vendedor busca un precio en el que obtenga una buena ganancia, como el importador/comprador busca un precio no muy elevado, accesible a sus intereses.

Existen dos esquemas para formar el precio de exportación; el esquema costing y el esquema pricing. El primero parte de una base, a la cual se le van añadiendo costos y la utilidad deseada, la cual debe ser razonable. El segundo esquema parte de un precio de venta, al que se le van descontando los costos incurridos hasta dejar solo la utilidad permitida por el mercado.

Cabe mencionar que para una empresa o persona que tenga poca o nula experiencia en el comercio internacional, el esquema de formación de precio de exportación más recomendable es el esquema costing.

Hablando de las formas de pago internacional, Existen 5 formas de pago en el comercio internacional.
  1. Cheque.
  2. Giro bancario.
  3. Orden de pago.
  4. Cobranza bancaria internacional.
  5. Carta de crédito.
Todas son diferentes en términos de seguridad y funcionamiento. De todas ellas, la más segura, y por ende la más utilizada es la carta de crédito. La carta de crédito, llamado también crédito documentario es la forma de pago más usada en el comercio internacional, ya que es la que brinda mayor seguridad y confianza tanto a la parte compradora (importador) de que recibirá la mercancía acordada en el tiempo, forma y lugar acordados, como a la parte vendedora (exportadora) de que recibirá el pago de la mercancía en el tiempo y forma acordados.
  • La Carta de Crédito. Es un instrumento en virtud del cual un Banco (Banco Emisor), obrando a petición de un cliente (ordenante) y de conformidad con sus instrucciones, se obliga a efectuar un pago a un tercero (beneficiario) o autoriza a otro Banco (Banco Pagador) a efectuar dicho pago, contra presentación de los documentos exigidos dentro del tiempo límite especificando, siempre y cuando se hayan cumplido los términos y condiciones del crédito. 
  • Carta de Crédito a Vista. Es un instrumento bancario emitido por el banco de un comprador a solicitud de este, que se obliga a pagar a un tercero o el banco de este, el monto del contrato contra presentación de documentos de embarque, siempre que se encuentren conformes con las instrucciones establecidas por este.
  • Carta de Crédito a Plazo. Similar a la anterior, pero se establece un plazo para el pago a partir de la fecha de embarque.
  • Carta de Crédito Revolving (Rotativo). Es un crédito que puede utilizarse por un importe que permanece constante, las veces que establezca el importador o el banco del mismo. Una vez negociado, automáticamente o por aviso del emisor de haber recibido documentos conformes, se renueva para otro embarque y así sucesivamente.
  • Carta de Crédito Stand By. Un crédito Stand-by es usado como aval de ejecución documentaria sujeto a las reglas uniformes de comercio de la ICC.  Cubre el incumplimiento o falta de pago de un contrato por parte del ordenante del Stand-by.
  • Carta de Crédito Back to Back. Es una herramienta financiera por el cual un cliente puede solicitar a su banco abrir un instrumento de pago hacia un tercero, tomando como garantía otro instrumento de pago recibido a su favor. Habitualmente se usa con cartas de crédito no transferibles, en operaciones de cuenta y orden, etc.
  • Carta de Crédito con Claúsula Roja (Red Clause).Permite al exportador disponer total o parcialmente del importe del crédito antes de embarcar y presentar los documentos de embarque requeridos. Es un tipo de financiación del importador al exportador.
Aspectos a Considerar:
  • Las cartas de crédito deben ser irrevocables: no se puede anular un negocio hasta el vencimiento de la misma.
  • Deben ser confirmadas: Si el cliente, su banco o su país no pagan, lo hará quien confirmó la LC.
  • Es preferible que los créditos documentarios sean confirmados y negociados en el país del exportador. De otro modo, se pierde el control de los documentos de embarque y por ende de la mercadería.
  • Se deben disponer de suficientes días para presentar los documentos, salvo cuando el tiempo de transporte (transit time) es corto. En ese caso es preferible negociar con copias y enviar los originales directamente al cliente.
  • La demora en presentar documentos (incluso dentro de la validez del crédito) es considerada discrepancia "documentos demorados"
  • Presentar documentos o embarcar con L/C vencida, implica discrepancias y riesgo comercial.
  • Cualquier error en la confección de los documentos de embarque puede ser considerado "discrepancia". Ante este hecho existen varias alternativas: pedir conformidad telegráfica, mandar los documentos a conformidad o garantizar ante el banco la aceptación de discrepancias
  • Es preferible informar al cliente previamente las condiciones ideales de apertura de L/C, a pedirle modificaciones una vez abierta: los bancos cobran comisiones altas.
  • Los gastos que habitualmente cobran los bancos de Argentina son: aviso, confirmación, utilización y algún extra administrativo. El costo de cada uno varía de ¼ a 1/8 del valor del crédito (total 0,375 % a 0,75 % del total).
  • Cada modificación de crédito y/o aceptación de discrepancia, cuesta aproximadamente U$S 50,00.
  • No es aconsejable aceptar dentro de las condiciones del crédito, certificados de control y/o revisión de la carga (peso y/o calidad) emitidos personas físicas o empresas (surveyors) no reconocidas internacionalmente. Tal vez no se consiga nunca el documento que falta.

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